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Datos de los hechos ocurridos
El día 22 del presente mes y año a las 00:40 minutos los c.c. fernando brindis gonzález y gabriela patricia alvarenga portillo fueron agredidos fisica, verbal y psicológicamente, además de que sufrieron el allanamiento a su domicilio y daño a las cosas por los c.c. cristian rey y angel alberto ambos de apellidos brindis gonzález, siendo éste último abogado que al parecer trabajo un tiempo en la fiscalía del estado en el municipio de tapachula de córdova y ordoñez en donde se sucitaron los hechos. Es el caso que previo al allanamiento y posterior agresion y daño en las cosas, las victimas estuvieron llamando a la direccion de seguridad publica de dicho municipio, pero les dijero que no podian hacer nada si no los agredían, llamando en al menos siete ocasiones, siendo el caso que después de la agresión volvieron a llamar a dicha dependencia y ahora sí enviaron a una unidad con dos elementos, dicha unidad fue la 380, pero se negaron a hacer nada, ni detuvieron a los agresores los cuales se encontraban cerca ni levantaron el informe policial homologado, las victimas solicitaron apoyo para trasladarse a akishino, puesto que el c. fernando brindis gonzález es una persona discapacitada físicamente, y se negaron, les dijero que lo único que podian hacer era llevarlos a base cóndor y que ahí el "licenciado" les iba a tomar la declaración. llegan a base condor siendo aproximadamente a la 01:30 horas y después de 10 minutos aproximadamente los pasan a una oficina, en donde estaba una persona del sexo masculino, el cual siempre estuvo de espaldas a las víctimas y los elementos se dirigían hacia él como el "lic" el cual se nego a identificarse con las víctimas, les estuvo haciendo unas preguntas al final les preguntó si conocían a quién les había hecho la agresión y dijeron los nombres de los agresores, acto seguido dicho sujeto salió de la oficina e hizo una llamada por su teléfono celular y con la persona con la que estaba hablando le hizo el comentario de que ya estaban ahí, dirigiendose a las víctimas y en seguida comentó, no podemos hacer eso, ahi si nos metemos en un problema, unos minutos más colgó y volvió a entrar con las víctimas y les dijo que con lo que habían dicho era suficiente que mejor fueran por la mañana a la fiscalía del inmigrante que ahí les podían tomar la declaración ya que gabriela patricia alvarenga portilla es de nacionalidad salvadoreña, preguntando las victimas si no les iban a hacer el parte medico a lo que el mismo sujeto les dijo que no,que no era necesario y le solicitaron copias del reporte que realizaron y el mismo también se les negó. siendo las 09:00 horas aproximadamente llegaron a la fiscalía del inmigrante y los pasaron a que les realizaran el parte médico, diciéndoles el doctor que los atendió que las lesiones que traían no eran graves, que no era para tanto, casi en seguida llegó una persona de sexo masculino moreno, bajo de estatura, de complexion robusta y el cual se identificó con las víctimas como el "licenciado guerra" y les dijo que el les iba a tomar la querella, empezó a platicar con ellos y al parecer sí estaba tomando nota de lo que las víctimas le decían, y cuando le dijeron el nombre de los agresores cambió el aspecto de su cara, siguió escribiendo en la computadora pero en seguida salio e hizo una llamada por su teléfono celular y duró aproximadamente cinco minutos en dicha llamada y cuando entro de nuevo a donde estaban las víctimas, si actitud era totalmente diferente ya que se empezó a portar hasta grosero con ellas y les dijo que él no podía hacer nada, que lo que ellos traían no era grave y que lo único que podía hacer era mandarles una citatorio a los agresores a ver si querían ir y querían pagar los daños, diciéndole gabriela que ya los había atacado antes con una navaja y le mostraron fotografía y el licenciado guerra les dijo que eso era algo que ya había pasado que ahorita ya no importaba, pero que si querían, o sea las victimas, les mandaba un citatorio a los agresores y a ver qué salía, que era lo más que podía hacer por ellos que porque gabriela no era ciudadana mexicana. al siguiente día el 23 de este mismo mes y año, se presentan las víctimas en la agencia del ministerio público de akishino a presentar su querella, llegando a las 10:00 horas, y aún cuando el muchacho que salió a decirles el número que les correspondía para que pasaran a presentar la querella, cuando les tocaba el turno a las víctimas les preguntaron si tenían los datos de los agresores, a lo que les respondieron que sí, y cuando les dijeron quienes eran les responden que en seguida los pasaban, y aún cuando ya no tenían personas por atender, hicieron esperar a las víctimas hasta las 17:45 horas y porque les preguntaron si los iban a atender, a lo que los pasaron como a los diez minutos y los atendió la licenciada guadalupe baltazar cabrera, quien curiosamente también salió a hacer una llamada de su teléfono celular antes de atender a las víctimas, pero únicamente le tomo declaración a fernando brindis gonzález y de lo que éste declaraba como por ejemplo como llegaron los agresores, las placas del vehículo del abogado agresor, de la forma en como entraron al domicilio, nada de eso era importante para la licenciada, por lo que la víctima no sabe que fue exactamente lo que dicha funcionaria asentó en la declaración ya que cuando se la dío para que la firmara no le permitió leerla, no le hizo lectura de derechos, ni constitución de las lesiones, la víctima desconoce si se le dictaron medidas de protección, no le proporcionó número de carpeta de investigación, se le solicitaron copias y fuern negadas. por lo que recurrimos ante ustedes porque al parecer dicho abogado agresor sí tiene comprados a los funcionarios señalados ya que todos en lo que escuchaban su nombre curiosamente salían a hablar por teléfono y después de que colgaban la actitud de los funcionarios era completamente diferente con las víctimas, puesto que no se les trató como tal e inclusive a la señora GABRIELA PATRICIA ALVARENGA PORTILLO no se le tomó su declaración en ninguna de las instituciones mencionadas dejándola en el más absoluto estado de indefensión al negársele su derecho de acceso a la justicia, ya que, si bien es cierto que es de nacionalidad salvadoreña, la misma está legalmente en nuestro país pues cuenta con una visa humanitaria expedida por el instituto nacional de migración y ante el temor fundado de que si se ponía la queja en la comisión que se encuentra ahí mismo en tapachula pudiera pasar lo mismo y no les hagan caso a las víctimas y se queden sin que se les haga justicia .
Lugar Hechos *:
TAPACHULA
Autoridad (es) que considera responsable (s) *
LA DIRECCIÓN DE SEGURIDAD PÚBLICA. LA FISCALÍA DE INMIGRANTES. LA FISCALÍA ZONA FRONTERIZO COSTA.
Servidor(es) publico(s) presunto responsable(s) *
ELEMENTOS DE LA PATRULLA 380 DE LA DIRECCIÓN DE SEGURIDAD PÚBLICA MUNICIPAL Y EL "LIC" QUE ESTUVO DE TURNO EL DIA DE LOS HECHOS Y DEL CUAL NO SE HA PODIDO LOCALIZAR EL NOMBRE. LICENCIADO GUERRA DE LA FISCALÍA DE INMIGRANTES. LICENCIADA GUADALUPE BALTAZAR CABRERA DE FISCALÍA ZONA FRONTERIZO COSTA.
Datos de la personas que presenta la queja
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